Los trabajadores que han cumplido la edad para jubilarse, pero no tienen efectuada la totalidad de los aportes que la ley exige, tienen derecho a acceder a ciertos regímenes de moratorias regulados por ley. Actualmente, se encuentra vigente la Moratoria de la Ley 24.476, la cual requiere una evaluación socioeconómica previa y cubre desde el 01 de enero de 1955 al 30 de septiembre de 1993 y desde los dieciocho 18 años de edad. La deuda se cancela al contado o en un plan de hasta 60 cuotas, ajustados semestralmente por el índice de movilidad. Por otro lado, también se encuentra vigente la Moratoria de la Ley 26.970, solo para mujeres de 60 y menores de 65 años. Cubre desde el 01 de enero de 1955 al 31 de diciembre de 2003 y desde los 18 años de edad, la deuda también se cancela al contado o en un plan de hasta 60 cuotas, ajustados trimestralmente por el índice de movilidad.
Recientemente, el Congreso aprobó el proyecto de ley de “plan de pago de deuda previsional”, se trata de un régimen temporal mediante el cual, en el plazo de dos años, quienes no cuenten con los 30 años de aportes requeridos y tengan o cumplan la edad jubilatoria del régimen general de ANSES (60 años en el caso de las mujeres y 65 en el caso de los hombres) podrán acceder a un esquema de subsidios estatales y así ¨comprar¨ períodos de aportes no hechos en la edad activa, para poder acceder al cobro de la jubilación.
La modalidad de pago será en hasta 120 cuotas, las cuales serán descontadas de manera directa del haber jubilatorio que se obtenga a través del programa. Por lo tanto, podrán jubilarse hombres de 65 años que no tengan aportes suficientes, mujeres de 60 años que no cuenten con los aportes, mujeres de 50 a 59 años en situación laboral que no lleguen a los 30 años de aporte jubilatorios y hombres de 55 a 64 años que sean trabajadores activos y que no tengan la cantidad de aportes necesarios.
Quienes de esta forma se jubilen, evitarán recurrir a la Pensión Universal para el Adulto Mayor. Desde ANSES se estima que cerca de 800 mil adultos mayores podrán acceder a dicha jubilación, el trámite se realiza en la oficina de ANSES, previo a ello se debe verificar que todos los aportes estén registrados en el historial laboral, de lo contrario se debe reunir la documentación que pruebe los períodos trabajados: certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social o Declaración Jurada. Asimismo, y como requisito del trámite se exige completar el formulario 6.18 de «Solicitud de prestaciones previsionales».