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Humedales. Una década de buenas intenciones y pocos resultados

Por Agustín Arechavala.

Los humedales son reservorios de agua dulce; ecosistema donde habitan diversas especies, patrimonio cultural y medio de vida para diferentes poblaciones. Se estima que en nuestro país hay más de 600 mil kilómetros cuadrados que se encontrarían amenazados por actividades humanas, y sobre los cuales se debate el alcance de su protección hace una década.

Todos los años, cada dos de febrero, se conmemora el día mundial de los humedales, y se reafirma en todo el planeta la necesidad de proteger estos espacios únicos. Se trata de ecosistemas de lo más variables en cuanto a sus características físicas, flora y fauna, siendo los ejemplos más conocidos las lagunas, salinas, esteros, bañados, marismas, entre otros.  

La valoración y respeto por los humedales se debe a su importancia y a la cantidad de beneficios tangibles como intangibles que estos aportan a la sociedad, que no se limitan únicamente a su capacidad purificadora del agua.

Dentro de sus servicios ecosistémicos se ha reconocido su capacidad de estabilizar de las aguas costeras y ribereñas, la mitigación de los efectos de la erosión y la pérdida de salinización del suelo, el filtrado de nutrientes y contaminantes,  la formación de suelos y materia orgánica, entre otros.

Uno de los aportes más importantes que se les ha reconocido es la captura y almacenamiento de carbono y su capacidad de sostener la biodiversidad del planeta. Finalmente, en un plano social, se los considera patrimonio cultural de las comunidades que los habitan, medios de vida para estas a través del turismo y la provisión de alimentos y sustancias medicinales.

En nuestro país, se estima que 600 mil kilómetros cuadrados o un 21,5% del territorio nacional está conformado por humedales que se encuentran en peligro por las acciones humanas, apuntando directamente contra el avance de la agricultura y la ganadería como así de la minería.

Por otro lado, la urbanización no controlada, las grandes obras de infraestructura y el aprovechamiento excesivo de los recursos hídricos son otras de las causas que ponen en riesgo estos espacios.

¿Cuál es la situación internacional?

La preocupación internacional por los humedales es de larga data; sin ir más lejos, nuestro país adhirió en el año 1991, mediante la Ley 23.919, a la Convención sobre los Humedales, también conocida como Convención de Ramsar.

Por este tratado internacional, suscrito en 1971 en la ciudad iraní de Ramsar, se estableció la obligación para los países firmantes de la conservación y uso racional de los humedales mediante acciones locales, nacionales y gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo. 

En ese momento, ya se estimaba la pérdida y afectación de más de un tercio de los humedales, siendo América Latina y el Caribe la zona más afectada, por lo que se sumaron esfuerzos de las naciones para enfrentar la pérdida y degradación de estos importantes espacios naturales. 

Recientemente, en el plano convencional internacional, se destaca la aprobación de un Convenio sobre Diversidad Biológica (COP15) que incluye por primera vez a los humedales como “aguas continentales”, y desde allí objeto de protección.

Sin dudas, la participación de nuestro país a través del derecho internacional, en la protección de los humedales coincide con los derechos a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras (Art. 41 de la Constitución Nacional). 

Por otro lado, es claro que la Nación, se encuentra en deuda por cuanto no ha podido dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección para los humedales. 

Una década de buenas intenciones y pocos resultados a nivel doméstico.

Si bien la República Argentina contempla en su Carta Magna los derechos al medio ambiente y es parte de numerosos instrumentos de derecho internacional que contemplan la situación de los humedales, puertas adentro seguimos obstaculizados, luego de una década de buenas intenciones y pocos resultados en la temática. 

El Congreso Nacional ha sido la caja de resonancia de los diferentes sectores que impulsan una “ley de humedales”, sin embargo, en la última década, tan solo dos proyectos legislativos alcanzaron la media sanción por parte de al menos una de las cámaras y luego han perdido estado parlamentario.

En la actualidad hay más de una decena de proyectos en análisis de las diferentes comisiones de estudio del congreso, a partir de los cuales, se han realizado audiencias públicas, se convocó a científicos, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales, y organismos públicos con el fin de dar dictamen de los mismos y su paso al tratamiento en el recinto bicameral.

En cuanto a los proyectos, en casi todas sus versiones contemplan principios y presupuestos mínimos para su protección, delimitación de los conceptos uso racional y sostenible de estos ecosistemas, la creación de fondos nacionales para actividades de protección o mitigación de riesgos y el establecimiento de un inventario nacional de humedales. 

Aun así, nada de ello ha pasado de simples buenas intenciones, quedando una vez más en mora el poder legislativo.

De todas formas, el camino recorrido en la década no es ocioso, y existen algunas cuestiones por las cuales alegrarnos. Recientemente se han colocado a los humedales dentro del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación del Cambio Climático 2030, quedando reconocidos por su contribución con el ambiente  y la vulnerabilidad de estos, frente al cambio climático y las acciones del hombre.

¿El impulso del COFEMA abre el camino hacia una ley definitiva?

A mediados del año 2022, el Ministro de Medio Ambiente de la Nación anunció que, en el ámbito del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) se discutió sobre la posibilidad de redactar un nuevo proyecto de ley de humedales, como eje central de la protección medioambiental. 

A pesar de que brilla por su ausencia dicho proyecto, no podemos rechazar el impulso que el COFEMA junto a cuatro organizaciones Argentina comprometidas con la Ley de Humedales pueden dar para alcanzar el debate (Cauce, FARN, Taller Ecologista y Casa Río).

Según estas instituciones, durante el 2022 se han presentado casi una docena de proyectos, resaltando de entre todos ellos, la reedición de aquel que durante el año 2020 había alcanzado consensos necesarios para convertirse en ley. 

Por parte de la cámara de baja continúan con estado parlamentario los proyectos presentados por los diputados Leonardo Grosso (0075-D-2022), Gabriela Lena (1391-D-2022), Hernán Perez Araujo (1137-D-2022), Enrique Estevez (0787-D-2022), Graciela Camaño (0212-D-2022), Diego Horacio Sartori (0166-D-2022), Alicia N. Aparicio (0162-D-2022),  Jorge Vara (0066-D-2022) y Ximena García (4643-D-2022). 

En cuanto a la cámara alta, mantienen el mismo estatus aquellos trabajos elaborados por los Senadores Antonio Jose Rodas (0117-S-2022), José M. Torello (1388-S-2022), María Clara Del Valle Vega (1673-S-2022), Marcelo Nestor Lewandowski (1974-S-22) y Gladys Esther González (2292-S-22).

Si bien la expectativa es alta para el 2023, lo cierto es que ninguno de estos proyectos ha sido incluido en el decreto presidencial que convocó a sesiones extraordinarias. Aun estando la puerta abierta para el trámite durante el periodo ordinario de sesiones, la experiencia de más de una década demuestra que estamos ante un asunto que depende de la voluntad política. 

Las críticas del sector agropecuario.  

Desde Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) han dejado en claro su postura, indicando que los autores de los proyectos enumerados tienen, en su mayoría, una visión sesgada sobre la cuestión medioambiental. 

En diversos comunicados, la institución integrante de la mesa de enlace agropecuario, ha referido que los proyectos dificultan, cuando no prohíben, la realización de obras de infraestructura nacionales necesarias para generar mejores condiciones de competitividad productiva, y bienestar humano. Por ello, indican que no pueden convertirse en ley.

Desde el sector agropecuario agregan que, se confunden aspectos conceptuales de la Convención Rasmar, incluyendo equivocadamente a más de un 20% del territorio nacional como humedales; lo que afectaría zonas tradicionalmente productivas, donde hace siglos se hace ganadería, y durante más de 100 años agricultura.

Tal posición no es caprichosa, y se justifica sobre un realizado por el INTA en base a imágenes satelitales, determinó que el 9,5% de la superficie nacional entraría en esta categoría de suelos, por lo que el sector reclama por un profundo estudio científico y el acuerdo responsable de los actores involucrados.

Provincia de Buenos Aires. Los municipios frente a problemas globales y locales.

En la Provincia de Buenos Aires existen diferentes humedales y varios de ellos son reservas naturales y/o espacios ya protegidos. 

El municipio de Chascomús por su popularidad es uno de los más representativos, donde diversos estudios e iniciativas locales marcan diferentes problemas afectan el espejo de agua de su laguna. 

Expertos refieren que se encuentran relacionados tanto con problemas de dimensión global como incremento del dióxido de carbono en la alta atmósfera, como así con trastornos regionales derivados de la deforestación para fines comerciales, industriales o agrícolas y en una menor medida por actividad local como la pesca indiscriminada, o fuera de época oportuna, que produce la extinción de especies y con ello el cortocircuito de la cadena biológica.

Otro Municipio testigo de la situación en la zona del AMBA es San Vicente; comuna donde el crecimiento urbano y de los emprendimientos inmobiliarios ha ganado terreno, poniendo en riesgo el humedal de su “Laguna del Ojo”, tanto por el desvió de aguas como los trabajos de movimientos de suelos en su zona de su acuífero.  

La protección de los bosques, ¿un faro para los humedales?

Del panorama aterrador, hacia un camino de respeto y protección; así es como se logro la Ley 26.331 presupuestos mínimos de protección ambiental de los bosques nativos durante el año 2007. 

Este ejemplo guarda especial similitud con la cuestión de los humedales, al igual que ellos, los bosques nativos son ecosistemas forestales naturales con características propias y múltiples beneficios, capaces de sostener flora y fauna asociada al medio que las rodea. 

A partir de ello, se creó el Programa Nacional de Protección de los Bosques Nativos con el fin de impulsar las medidas necesarias para garantizar que el aprovechamiento de los bosques nativos sea sostenible, considerando a las comunidades indígenas originarias. 

Se destaca que la norma alcanzó consensos necesarios ya que no tiene un espíritu prohibitivo. 

En otras palabras, no prohíbe las actividades de desmonte y aprovechamiento de la madera, si no que establece limitaciones racionales al desmonte desde la lógica del manejo sostenible de bosques nativos, todo ello sobre evaluaciones periódicas, recomposición de especies y bajo autorización de la autoridad de control. 

Otros rasgos distintivos de la norma son las evaluaciones de impacto ambiental, la previsión de audiencias y consultas públicas o la creación del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos, como núcleo de la ley de bosques.

Por esta experiencia, su aplicación y posterior aplicación en las provincias más afectadas, la ley de bosques puede ser ejemplo y faro para la creación de una nueva ley de humedales.

Cuestiones que no podrán faltar en la ley de humedales para el 2023.

No escapará al 2023, el debate de una ley de humedales; asimismo, las diferentes legislaturas provinciales y los ediles comunales reproducirán por adhesión o sanciones de normativa local principios y conceptos del proyecto que se convierta en ley nacional, por lo que enumeramos una serie de cuestiones que no pueden ser excluidas del mismo: 

  • Amplificar el conocimiento sobre los humedales mediante inventarios y evaluaciones periódicas.
  • Aplicación del principio precautorio, como actividad destinada a prevenir y amortiguar efectos negativos sobre estos ecosistemas.
  • Regulación de los usos racionales y permitidos, con aplicación del criterio más restrictivo frente las prohibiciones genéricas o carentes de justificación.
  • Promoción la toma de decisiones y generación de nuevas reglamentaciones a través de la participación público-privada de todos los actores sociales. 
  • Creación de herramientas que permitan la conservación, manejo y restauración de ecosistemas protegidos.

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