Por Agustín Arechavala.
La autoridad de aplicación de la Ley Protección de Datos Personales, implementará el portal TAD para todos los trámites vinculados con presuntas infracciones y denuncias en el marco de dicha ley.
La Agencia de Acceso a la Información Pública, ente autárquico que actúa como Autoridad de Aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326, dio a conocer que implementará la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) para efectuar comunicaciones, intimaciones, requerimientos y notificaciones oficiales en el marco del procedimiento sancionatorio regulado por el Decreto N° 1558/2001, que reglamenta a la citada ley.
Hasta la fecha, tan solo los trámites de inscripción, modificación y baja de las bases de datos personales de carácter privado, público estatal y público no estatal, ante el Registro Nacional de Bases de Datos se tramitan exclusivamente a través de la Plataforma TAD o del Sistema GDE, conforme la Resolución de la AAIP N° 132/2018.
A partir de ahora, se conoce que además, la Agencia dará inicio de actuaciones administrativas en caso de presuntas infracciones, la apertura y gestión de actuaciones administrativas ante denuncias por parte de los titulares de datos, entre otros supuestos.
Como fundamento de la medida, se ha considerado que la interacción por medios digitales reduce los tiempos de tramitación y otorga seguridad al procedimiento, facilitando el intercambio de información y documentación digital a partir de la identificación fehaciente de quienes realicen las operaciones y de la autenticidad verificable del contenido de los documentos electrónicos.
Los trámites a través de plataforma TAD gozan de la validez de las notificaciones y el Domicilio Especial Electrónico constituido por los agentes públicos y privados garantiza confidencialidad, seguridad e integridad de la información. Para ello, toda persona humana que comparezca ante autoridad administrativa por dicha plataforma, por derecho propio o en representación de terceros, deberá constituir un Domicilio Especial Electrónico, conforme Decreto Nº 1063/2016.
Por su parte, la Agencia contará con un usuario TAD que se considerará como Domicilio Especial Electrónico constituido y Sede Electrónica, dónde serán válidos y plenamente eficaces todas las comunicaciones, intimaciones, requerimientos y notificaciones que se realicen en los diversos procedimientos vinculados con el cumplimiento de las disposiciones de las Leyes.