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El «programa apícola» destinará asistencia económica a un sector en crisis

Por Agustín Arechavala.

El Gobierno Nacional crea el Programa de Fortalecimiento Productivo para la Cadena Apícola, que podría beneficiar a 19.000 productores apicultores en todo el país, en crisis por la brecha cambiaria.

El Gobierno Nacional parece haber escuchado a los productores de la cadena apícola, una de las producciones que más sufre la brecha cambiaria y que se encuentra en crisis, y crea el “programa de fortalecimiento productivo para la cadena apícola” mediante la Resolución 1186/2023 del Ministerio de Economía.

Podrán ser beneficiarios del “Programa Apícola” los productores y las productoras apícolas que cumplan con los siguientes requisitos:

a. Contar con stock de colmenas a la fecha de publicación de la presente medida en el territorio nacional. 

b. Tener registrados y actualizados sus datos (con credencial vigente) en el Registro Nacional de Productores Apícolas (RENAPA) al 28 de febrero de 2023 y posean entre CINCO (5) y quinientas (500) colmenas declaradas. 

c. Dar cumplimiento con el procedimiento establecido en el Artículo 6º de la presente medida. La comprobación de los requisitos establecidos en los incisos a) y b) será determinada de acuerdo con la información obrante en el Registro Nacional de Productores Apícolas (RENAPA) de la secretaría de agricultura, ganadería y pesca del ministerio de economía. 

Por otro lado se ha dispuesto que la presente asistencia económica, deberá ser destinada al fortalecimiento productivo para cada productor; tanto para la compra de insumos necesarios para el sostenimiento como para la recuperación de la actividad productiva afectada. 

Los productores interesados en recibir el beneficio deberán: 

a. ingresar al sitio web de AFIP (www.afip.gob.ar), a través del servicio “secretaría de agricultura, ganadería y pesca -autogestión sagyp”, y solicitar expresamente el beneficio por vía del enlace al “programa apícola” allí provisto. 

b. Indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) a su nombre a los efectos de posibilitar el pago del beneficio en el supuesto caso de otorgamiento. 

c. Constituir domicilio en una casilla de correo electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones y requerimientos de información que disponga la Autoridad de Aplicación en el marco del referido Programa. Un correo electrónico de la Autoridad de Aplicación a la casilla informada, con confirmación de entrega, constituirá comunicación suficiente en el marco del citado Programa. 

d. Cumplir con el procedimiento de solicitud y carga de información que la Autoridad de Aplicación del Programa considere necesario para la tramitación del beneficio.

La medida será financiada por $ 1.500.000.000 provenientes del Programa de Incremento Exportador creado en 2022, el cual ha sido creado con el objetivo de fortalecer las reservas del Banco Central de la República Argentina y estimular la generación de ingresos genuinos del Estado Nacional mediante el potenciamiento de la producción y el desarrollo de pequeños y medianos productores y productoras y de economías regionales.

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