Por Agustín Arechavala.
El Presidente de la Nación suspende el pago del denominado “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)” para la adquisición de camionetas pick up, furgonetas, furgones o camiones rígidos.
En el marco de la Ley Nº 27.541 de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública, el primer mandatario ha establecido mediante Decreto 58/2023 la suspensión del pago del impuesto previsto en el inciso a) del artículo 35 de esta norma y sus modificatorias.
En efecto, dicha ley había incorporado el denominado “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)” para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas por residentes en el país para el pago de obligaciones por la importación de las mercaderías incluidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.).
Ahora, con esta modificación, se suspende el pago del tributo en los casos de la adquisición de aquellos vehículos comprendidos en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) 8704.21.90 y 8704.31.90, en tanto sean camionetas pick up, furgonetas, furgones o camiones rígidos, en los términos del Decreto N° 32 del 10 de enero de 2018, diseñados para un máximo de tres pasajeros, en la misma línea, incluido el conductor, independientemente de su valor.
Si bien la medida entró en vigencia desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, aún resta su tratamiento por ante la comisión bicameral permanente del Honorable Congreso de la Nación, a fin de que se pronuncie respecto de la validez o invalidez de la medida.